Hasta el próximo 31 de marzo se debe presentar la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720). A estos efectos, están obligados a presentarla:

  • Aquellas personas que tengan cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito), valores (por ejemplo, acciones o fondos de inversión) o inmuebles en el extranjero valorados en más de 50.000 euros.
  • Si un contribuyente ya presentó el modelo 720 en el pasado, sólo deberá volver a presentarlo si el valor de sus bienes aumenta en más de 20.000 euros, o si ha dejado de ser titular o autorizado de alguno de los bienes que declaró.

Si desea obtener más información sobre esta declaración, Hacienda ha publicado en su página web un listado con preguntas y respuestas que le pueden resultar de interés.

modelo720