La Orden EHA/3552/2011 reguló la posibilidad de señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural en los que la AEAT no podrá poner notificaciones a su disposición en la dirección electrónica habilitada.

Os recordamos que la Administración facilita 30 días naturales cada año (incluidos sábados y domingos) en los que los obligados a recibir notificaciones telemáticas comuniquen su no disponibilidad a recibirlas.

Los días en los que no se pondrán notificaciones en la DEH se deben solicitar con una antelación mínima de 7 días al primero que deba surtir efecto y son modificables tantas veces como sea necesario dejando sin validez la elección anterior.

La indicación y modificación de los días en los que no se pondrán a disposición de sus titulares notificaciones en la DEH se debe realizar obligatoriamente a través de la página web de la AEAT. Una vez señalados los días, se generará un comprobante de presentación con un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y la hora.

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