Cuando elaboréis las declaraciones de IVA de 2014 , os daréis cuenta que el modelo 303 ha sufrido cambios importantes:

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Primer cambio importante, facilitar el IVA devengado de una forma más detallada:

  • Tendréis que indicar la base imponible y la cuota derivadas de las adquisiciones intracomunitarias (casillas 10 y 11), incluyendo tanto bienes como servicios.
  • Deberéis informar de la base y cuota de otras operaciones en las que os autorrepercutáis el IVA (casillas 12 y 13), así como de las facturas rectificativas que hayáis emitido (casillas 14 y 15).

Antes no se desglosaban estas operaciones,  es recomendable abrir subcuentas de IVA específicas para dichas  operaciones, que os permitan trasladar esta información a la declaración con facilidad.

IVA de caja. Aparece un nuevo apartado de información general en el que hay que detallar las operaciones afectadas por el IVA de caja. Aunque vuestra empresa no se haya acogido a dicho régimen, deberéis detallar el IVA deducido por facturas de proveedores que sí apliquen dicho criterio (casillas 74 y 75). Importante: vuestra empresa no podrá deducirse el IVA soportado en las facturas afectadas por el criterio de caja hasta que las haya pagado. Deberéis llevar un control contable adecuado para no deduciros el IVA antes de tiempo.

Módulos. Si tributáis en módulos, deberéis utilizar el modelo 303 para declarar el IVA (los modelos 310, 311, 370 y 371 han sido derogados).