Muy pronto tendremos una forma común de operar y tu empresa debe adoptar las medidas necesarias para este cambio. Desde el 1 de febrero de 2014, todas las transferencias y domiciliaciones que se realicen en España y en el resto de la zona del euro serán únicamente SEPA, no podrán seguir utilizando instrumentos de pago nacionales.
Desde este momento tu empresa tendrá que:

  • Asegurarse que dispone del IBAN de sus clientes, proveedores y empleados, pues pasará a ser el identificador de las cuentas en sustitución del CCC.
  • Adaptar los ficheros de sus remesas a los formatos SEPA.
  • En adeudos, confirmar que la información adicional tenga un máximo de 140 posiciones.
  • Recoger y custodiar los mandatos SEPA (órdenes de domiciliación de sus clientes), sin perjuicio de la obligación de custodiar los mandatos existentes a la fecha.

Esto supone que tu empresa podrá realizar pagos nacionales e internacionales por medio de transferencias, domiciliaciones bancarias y tarjetas, en las mismas condiciones con independencia del país en que se realice siempre que éste pertenezca a la zona SEPA.
La zona SEPA la forman los 27 países miembros de la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza.
Puedes consultar el IBAN de sus cuentas y de cualquier otra cuenta nacional en www.sepaesp.es, a través del conversor metiendo los 20 dígitos del CCC nos lo adaptará al IBAN.